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En atención al Artículo 13 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango y al Artículo 6 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango, la información a disposición del público que se debe difundir, sin que medie petición de parte, es:
- Manuales de organización (se encuentran en desarrollo).
- La plataforma electoral de los partidos políticos (Plazo para registro del 19 al 28 de marzo de 2010).
- El listado de los contratos o convenios celebrados por el sujeto obligado,donde se relacione el numero de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social con quien se contrate o convenga, el objeto del contrato o convenio y en su caso el monto del valor total de la contratación (no aplica).
- El presupuesto asignado así como los informes trimestrales sobre su ejecución, incluyendo: los ingresos recibidos por cualquier concepto, incluidos los donativos, señalando el donante y el nombre del responsable de recibirlos,administrarlos y ejercerlos, las bases de cálculo de los ingresos origen de los ingresos; y los estados financieros y balances gnerales; (no aplica).
- Lista de los beneficiarios de los programas sociales aplicados, así como la información sobre el diseño, montos y ejecución de los programas de subsidio (no aplica).
- Los listados de los expedientes administrativos que justifican el otorgamiento específico de algún permiso, patente, concesión o licencia que incluyan el nombre o razón social del titular, concepto del otorgamiento de la concesión, autorización, permiso o licencia, costo y vigencia (no aplica).
- Fórmulas de participación ciudadana, en su caso para la toma de decisiones (no aplica).
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